Autoescuela Mingorance

En Autoescuela Mingorance impartimos clases teóricas
y prácticas para todo tipo de permisos de conducción y
circulación: A2, B, BTP, CAP, C, C+E, D ...

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Servicios ofrecidos

SERVICIOS QUE OFRECEMOS SON :

- Cursos para la obtención de los permisos A2, B, EB, C, EC y D.

- Cursos para el Certificado de Aptitud Profesional CAP (inicial Viajeros y Mercancías acelerado, Formación Contínua, Promoción Viajeros, Promoción mercancías).

- Cursos de Formación continua para trabajadores activos.

- Convenio de Formación continua para trabajadores activos.

- Centro Homologado por la Junta de Andalucia para los Certificados de Profesionalidad de Vehículos Pesados. (Curso FPE).

- Curso para la obtención del carnet de Carretillero.

- Cursos (mercancías peligrosas) A.D.R. obtención Básico y Cisterna, renovación Básico y Cisterna.

¡¡AUTOESCUELA MINGORANCE S.L. TE INFORMA!!

Obtención del permiso de conducción

Para obtener un permiso de conducción es necesario ser declarado apto en las pruebas teóricas, de destreza o de circulación, que correspondan para cada caso, por la Jefatura Provincial de Tráfico.

Requisito de edad

15 Años : para el permiso AM (ciclomotores)

16 años: para el permiso A1.

18 años: para los permisos A, B, B+E,C1 y C1+E.

20 años: para el permiso A.

21 años : para los permisos C, C+E, D1 y D1+E.

24 años: para los permisos D y D+E.

¿Que significa CAP?

Las siglas CAP corresponden a Certificado de Aptitud Profesional. Es un certificado para conductores de determinados vehículos (Autobuses y Camiones), exigido por la Unión Europea según Directiva 2003/59 del Parlamento Europeo y del Consejo del 15 de Julio de 2.003

Para dar cumplimiento a esa directiva se acuerda en el Consejo de Ministros de 24 de Junio de 2.005, desarrollar las medidas necesarias en el sector del transporte por carretera, las cuales se acuerdan en Consejo de Ministros de 21 de Octubre de 2005.

La Ministra de Fomento y el Ministerio de Interior de acuerdo con el Consejo de Estado y el Consejo de Ministros, acuerdan el 21 de Julio de 2.007, "Regular las condiciones para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional CAP", mediante Real Decreto 1032/2007 (BOE nº 184, 2 de Agosto de 2.007) que entra en vigor el 3 de Agosto de 2.007

Al tener las competencias en materia de transporte la Junta de Andalucia, sale en el BOJA nº 4 de 08/01/2009, la resolución por la que se convoca las pruebas para la obtención del CAP.

INFORMACIÓN CONDUCTORES PROFESIONALES

Formación Contínua:
Deben obtener el certificado de formación contínua, las personas que esten exentas del certificado inicial, según el calendario oficial, que va en función de la terminación del número del permiso de conducción.

CATEGORÍAS D1, D1+E, D Y D+E (EXPEDIDOS ANTES DEL 11/09/2008):

-Terminados en 1 ó 2  ..................... Realizarán el curso antes del 10/09/2011.

-Terminados en 3 ó 4 ...................... Realizarán el curso antes del 10/09/2012.

- Terminados en 5 ó 6 ..................... Realizarán el curso antes del 10/09/2013.

- Terminados en 7 ó 8 .................... Realizarán el curso antes del 10/09/2014.

- Terminados en 9 ó 10 .................. Realizarán el curso antes del 10/09/2015.

CATEGORÍAS C1, C1+E, C, C+E (EXPEDIDOS ANTES DEL 11/09/2009):

-Terminados en 1 ó 2 .......................Realizarán el curso antes del 10/09/2012.

-Terminados en 3 ó 4 ......................Realizarán el curso antes del 10/09/2013.

-Terminados en 5 ó 6 .................... Realizarán el curso antes del 10/09/2014.

-Terminados en 7 ó 8 .....................Realizarán el curso antes del 10/09/2015.

- Terminados en 9 ó 10..................Realizarán el curso antes del 10/09/2016

 

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